El modelo 303 es el que utilizamos para presentar la información sobre el IVA, Impuesto sobre el Valor Añadido. Tiene que ser presentado por todas las empresas o profesionales que realicen una actividad económica.
Es necesario informar sobre todas las operaciones que realicemos a las que sea necesario aplicar un código de IVA, ya sean operaciones nacionales, intracomunitarias o importaciones, e independientemente del tipo de IVA a aplicar.
Aquí, puedes ver un vídeo de ayuda de nuestro canal de YouTube.
¿Cuándo se presenta el modelo 303?
El modelo 303 se debe presentar mensualmente o trimestralmente, según las características de la empresa y su volumen de facturación. Las fechas de presentación en el caso de realizar declaraciones trimestrales son:
Primer trimestre: del 1 al 20 de abril (ambos incluidos).
Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio (ambos incluidos).
Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre (ambos incluidos).
Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del siguiente año (ambos incluidos).
Si tu empresa realiza las presentaciones mensuales, los días de presentación serán los 20 primeros días naturales del mes siguiente al de finalización del periodo de liquidación mensual.
Por ejemplo, la liquidación del mes de enero se presentará del 1 al 20 de febrero, la liquidación de febrero se presentará del 1 al 20 de marzo, etc. Con la excepción del mes de diciembre, el cual se podrá presentar del 1 al 30 de enero.
En los casos en los que el día último del plazo de presentación sea sábado, domingo o festivo, el último día de presentación será el siguiente día hábil.
Modelo 303 en Reviso
Cuando registramos en Reviso facturas, ya sean de ingresos o gastos, es necesario que les apliquemos un código de IVA. Esto se hace necesario para que el informe 303, y otros informes, funcionen correctamente y podamos realizar nuestras presentaciones de impuestos de manera rápida y sencilla.
Para ver tu informe de IVA 303 dirígete a la pestaña de Informes > Impuestos > Mod 303 IVA. Introduce el periodo que desees visualizar en el informe y marca las opciones que consideres necesarias.
Como ves, es posible utilizar este informe sin haber contabilizado todos nuestros asientos. Solo tendrás que marcar la opción de “Incluir asientos no contabilizados” y te aparecerán todos tus registros.
Pincha en Aceptar y visualizarás tu informe de IVA en pantalla.
Si haces clic sobre cualquiera de los importes que ves en el informe, se abrirá una ventana en la que se desglosan todas las operaciones que se están incluyendo en ese epígrafe.
¿Para qué sirve la opción de “Mostrar los asientos directos”?
Cuando estamos viendo el informe del modelo 303, veremos en la parte superior del informe una opción llamada “Mostrar los asientos directos”.
Esta opción nos permite ver asientos que han sido creados directamente en nuestras cuentas contables de IVA, pero en los que no se ha utilizado un código de IVA establecido.
Por ejemplo, veamos las 2 opciones que tenemos para introducir una factura de compras.
La primera, la cual es la correcta, sería introducir en las líneas del registro un código de IVA predefinido (SOP21). De esta manera, Reviso nos crea la línea del IVA de manera automática.
Otro modo para introducir esta misma factura, el cual podría darnos algún problema en los informes, sería introducir el IVA directamente en su cuenta contable de IVA, sin utilizar el código de IVA (SOP21). NO RECOMENDADO.
Si por algún motivo utilizamos esta segunda opción no recomendada en el registro de alguna factura, podremos ver, en nuestro informe de IVA 303, esos datos dentro de la opción “Mostrar los asientos directos“.
Si no hemos contabilizado aun esos asientos directos, podremos ir a ellos y editarlos, de manera que introduzcamos un código de IVA tal y como se muestra en el primer ejemplo.
Si ya están contabilizados, lo más probable es que tengamos que revertir esas facturas y registrarlas de nuevo de manera correcta.
Presentación del modelo 303 en la Agencia Tributaria desde Reviso
Una vez tenemos nuestro informe en pantalla, encontrarás en la parte superior del mismo las opciones para su exportación a Excel o para imprimirlo, directamente, desde Reviso.
Adicionalmente, encontramos la opción de Exportar modelo 303. Al hacer clic en esta opción, podrás descargar automáticamente el fichero que necesitas para realizar la presentación en la página de la Agencia Tributaria.
Selecciona en la ventana que aparecerá el periodo de declaración y el formato (elegir 2019 para declaraciones del año 2019 y posteriores). También, cuando el resultado de la liquidación sea negativo, podrás elegir entre solicitar devolución o compensar en periodos siguientes.
Pincha en Exportar Modelo 303 y el fichero se descargará en tu ordenador. Entra en la página de la AEAT y dirígete a las opciones de presentaciones de modelos, concretamente a la presentación del modelo 303.
Selecciona la opción de presentación (con fichero) y carga el archivo que te has descargado desde Reviso. Comprueba que los datos cargados son correctos y firma la presentación.
Contabilizar facturas y/o asientos declarados
Una vez hayas realizado la presentación de tu modelo 303 en la Agencia Tributaria, te aconsejamos contabilizar de manera definitiva todas aquellas facturas y/o asientos que lleven IVA y los cuales se hayan incluido en el modelo de IVA presentado y declarado.
Una vez contabilices esos registros, éstos no podrán ser eliminados, con lo cual, te aseguras que lo que has informado en la AEAT es exactamente lo que hay en tu contabilidad, sin cambios.
Si hubiese que realizar correcciones, éstas se harían mediante nuevos asientos o facturas rectificativas.
Marcar como informe declarado
Una vez contabilizadas tus facturas y asientos, deberías marcar tu informe de IVA como informe declarado para ese periodo.
Esto significa que Reviso guarda una copia del informe de IVA tal cual lo tienes en el momento de la presentación. Así, si tuvieses que hacer alguna comprobación posteriormente, podrás ver qué es lo que presentaste en tu modelo 303.
Para marcar tu informe como declarado vuelve a la pestaña de Informes > Impuestos > Mod 303 IVA. Solicita el informe, del mismo periodo, pero esta vez NO marques la opción de Incluir asientos no contabilizados.
Como ves, esta funcionalidad solo te será de utilidad si has contabilizado tus facturas y asientos de ese periodo.
Te aparecerá, de nuevo, el informe 303 en pantalla, el cual debería coincidir exactamente con lo que has presentado según describimos en los párrafos anteriores.
Notarás que, esta vez, en la parte superior del informe, hay una opción llamada “Marcar como informe declarado“.
Pincha en esta opción para que Reviso guarde el informe tal como lo ves en pantalla en ese momento. Te aparecerá una ventana para que confirmes la acción.
Si has podido leer esta ventana de confirmación, habrás podido ver que a través de esta funcionalidad, también, es posible crear el asiento de liquidación del periodo declarado de manera automática.
Ese asiento de liquidación se registraría en el mismo momento en el que marcamos el informe como declarado pero, para que esto suceda, necesitamos verificar algunas configuraciones previamente que vemos a continuación.
Asiento de liquidación del periodo declarado
Cuando presentas un periodo de IVA tendrás que realizar el asiento de liquidación correspondiente en tu contabilidad. Éste asiento puedes realizarlo manualmente en tu pestaña de Asientos, o bien, puedes dejar que Reviso lo haga por ti.
Para que Reviso cree este asiento de liquidación de manera automática tendrás que activar la opción correspondiente y definir las cuentas contables que quieres utilizar en tus asientos.
Dirígete a la pestaña de Configuración > Todas las configuraciones > Finanzas > Cuentas del sistema.
Verás que las 2 últimas cuentas del sistema son las referentes al asiento de liquidación de IVA.
La cuenta definida en Liquidación de IVA – H.P. Acreedora será la utilizada cuando el resultado de tu declaración sea a ingresar. La cuenta definida en Liquidación de IVA – Deudora (Compensación) será la utilizada cuando el resultado sea negativo, a compensar o a devolver.
Edita estos 2 campos y define las cuentas que desees utilizar. Al editar el primero de ellos, Liquidación de IVA – H.P. Acreedora, verás que tienes, además, la opción que te permite activar la creación de ese asiento de liquidación de manera automática.
Deberás marcar esa opción si quieres que Reviso contabilice por ti los asientos de liquidación de IVA. También, deberás seleccionar en qué fecha quieres que se realice ese asiento de liquidación.
Pues bien, una vez tengas esta opción activa y las cuentas de liquidación definidas, cuando marques tu informe de IVA como declarado, Reviso creará el asiento de liquidación por ti.
¿Para qué sirve la opción de “Excluir asientos sin informe declarado”?
Cuando estamos en los filtros de búsqueda del modelo 303, encontramos una opción llamada “Excluir asientos sin informe declarado de los periodos anteriores“.
Esta opción es muy útil así que os vamos a explicar para qué sirve. Imaginemos que hemos presentado el primer trimestre de nuestro informe de IVA y, por tanto, lo hemos marcado como presentado en Reviso.
Cuando vayamos a sacar el siguiente periodo de IVA, veremos que Reviso nos indica hasta qué fecha hemos declarado nuestro informe.
Cuando solicitamos el siguiente trimestre de nuestro informe de IVA, es posible que encontremos, en algunas cantidades, que aparece un asterisco (*) al lado del importe.
Esto quiere decir que Reviso está incluyendo en ese epígrafe facturas que han sido contabilizadas con fecha en periodos anteriores al que se está declarando, pero que no se han marcadas como declaradas anteriormente.
Por ejemplo, imaginemos que una vez hemos presentado el 1T, a finales de abril recibimos una factura de marzo y la contabilizamos con fecha en marzo. Como el mes de marzo ya ha sido presentado, esa factura y su IVA se meterán, automáticamente, en el periodo siguiente que declaremos.
Por tanto, ese asterisco nos indica dónde hay facturas que, aun no estando contabilizadas en el periodo actual de declaración, están siendo incluidas en él.
Cuando marcamos la opción de “Excluir asientos sin informe declarado de los periodos anteriores”, estamos diciendo que no queremos incluir esas facturas contabilizadas en periodos anteriores, aunque no hayan sido declaradas.
Lo normal será sí incluirlas en el informe, ya que tendremos que declarar todas nuestras facturas, aunque lleguen con retraso. Por tanto, nuestra recomendación es NO marcar esta opción para la presentación del IVA.
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