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Modelo 349 – Operaciones intracomunitarias
Modelo 349 – Operaciones intracomunitarias
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Escrito por Virginia Martínez
Actualizado hace más de una semana

Este modelo es una declaración informativa sobre las operaciones intracomunitarias (aquellas dentro de la Unión Europea) que se han producido en la empresa. Deberás presentarlo ya seas empresario individual o empresa.

Aquí, puedes ver un vídeo de ayuda de nuestro canal de YouTube.

¿Qué es una operación intracomunitaria?

Las operaciones intracomunitarias son todas aquellas compras o ventas de bienes y/o servicios que se realizan con empresas ubicadas en otro país de la Unión Europea.

Para realizar operaciones de este tipo, como norma general, deberemos darnos de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), a través del modelo 036.

Modelo 349 en Reviso

Puedes encontrar este modelo dentro de la pestaña de Informes > Impuestos > Mod 349 Operaciones intracomunitarias.

Modelo 349

Una vez seleccionado el periodo que queremos presentar, hacemos clic en la opción de Aceptar y nos aparecerá en pantalla los datos a declarar sobre todas nuestras operaciones intracomunitarias realizadas con clientes y proveedores configurados con zona de IVA “UE” (define la zona de IVA en la ficha de cliente y/o proveedor) y con los que hayamos utilizado códigos de IVA específicos para operaciones intracomunitarias.

Modelo 349

Presentación del modelo 349 en la Agencia Tributaria desde Reviso

Una vez tenemos nuestro informe en pantalla, encontrarás en la parte superior del mismo las opciones para su exportación a PDF, Excel o para imprimirlo directamente desde Reviso.

Además, encontramos la opción de exportar a Modelo oficial. Al hacer clic en esta opción, Reviso descargará automáticamente el fichero que necesitas para realizar la presentación en la página de la Agencia Tributaria.

Guarda ese archivo en una carpeta con el nombre de aeat dentro de tu ordenador, en la carpeta C:

Entra en la página de la aeat y dirígete a las opciones de presentaciones de modelos, concretamente a la presentación del modelo 349. Selecciona la opción de presentación y carga el archivo que te has descargado desde Reviso y que has guardado en tu carpeta llamada aeat.

Comprueba que los datos cargados son correctos y firma la presentación.

¿Cuándo se presenta el modelo 349?

El modelo 349, con carácter general, se presenta mensualmente. Los días de presentación serán los 20 primeros días naturales del mes siguiente al de finalización del periodo a presentar. Por ejemplo, la declaración del mes de enero se hará del 1 al 20 de febrero, la declaración de febrero se hará del 1 al 20 de marzo, etc.

Existen 2 excepciones en cuanto a los plazos de presentaciones mensuales. Una es la presentación del mes de julio, donde el periodo de presentación va desde el 1 de agosto al 20 de septiembre. La segunda excepción es la presentación del mes de diciembre, que se realiza del el 1 al 30 de enero.

A parte de la presentación mensual con los plazos de presentación mencionados, existen otros plazos de presentación para casos específicos:

  • Presentación trimestral: se deberá utilizar esta modalidad cuando el importe total de las entregas de bienes y servicios intracomunitarios no supere el límite de los 50.000€ (sin incluir IVA), ni en el trimestre a presentar ni en los cuatro trimestres anteriores naturales. Si se superase ese límite, se haría la presentación mensual.
    En esta modalidad, para el cálculo del límite, no se tendría en cuenta el valor de las adquisiciones intracomunitarias, solo de las entregas.
    El periodo de presentación será durante los 20 primeros días naturales del mes inmediato siguiente a la finalización del periodo trimestral, salvo el último trimestre del año, donde el plazo de presentación será durante los 30 días naturales del mes de enero.

  • Presentación anual: se podrá presentar el modelo anualmente cuando el importe total de las entregas de bienes y servicios del año no supere el límite de 35.000€ y el importe de las entregas de bienes a otros países exentos de IVA no supere los 15.000€.
    El periodo de presentación en este caso será del 1 al 30 de enero del año inmediatamente siguiente al que se está informando.

En los casos en los que el último día del plazo de presentación sea sábado, domingo o festivo, el último día de presentación será el siguiente día hábil.


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